¿Qué es el Consejo Estatal sobre Deficiencias en el Desarrollo?
El Consejo es un organismo creado por ley federal desde el 1970. Actualmente es autorizado por la Ley Pública 106-402 del 2000, conocida como “Developmental Disabilties Assistance and Bill of Rights Act” y administrativamente asignado a la Junta de Planificación de Puerto Rico.
El 60% o 18 de los miembros del Consejo son personas con deficiencias en el desarrollo o sus representantes (padres o tutores). El restante 40% o 12 de los miembros, se compone de 11 representantes de agencias gubernamentales y un representante de una organización privada que sirven a esta población.
El Consejo recibe sus fondos a través del Departamento de Salud y Servicios Humanos federal y asigna el 70% de su presupuesto para proyectos que respondan al plan quinquenal vigente. Agencias públicas o privadas, organizaciones de base comunitaria, organizaciones con o sin fines de lucro, y municipios pueden solicitar fondos a través de propuestas.
Entre las múltiples tareas del Consejo se encuentran las siguientes:
· Identificar necesidades y preparar un Plan Estatal Estratégico a cinco años
· Revisar y analizar los servicios, apoyos y asistencias para personas con deficiencias en el desarrollo y sus familias
· Interceder para que los individuos con deficiencias en el desarrollo participen en programas y actividades que promuevan su autogestión e integración en sus comunidades.
· Llevar a cabo o apoyar actividades para la obtención de servicios y apoyos individualizados.
· Colaborar y coordinar con agencias y otros consejos para apoyar y llevar a cabo actividades de servicios a esta población y sus familias.
· Subvencionar proyectos innovadores de organizaciones que ofrecen servicios y asistencias para la población con deficiencias en el desarrollo.
· Apoyar y llevar a cabo actividades para eliminar barreras que limiten el acceso de las personas con deficiencias en el desarrollo a disfrutar plenamente de los servicios y actividades en sus comunidades.
· Apoyar y llevar a cabo actividades para dar información a los forjadores de política pública.
Funciones del Consejo
El Consejo siguiendo la razón de ser que define la ley federal ha definido su misión y visión de la siguiente manera:
Misión:
Apoyar la creación y adelanto de iniciativas para mejorar la calidad de vida y autodeterminación de las personas con deficiencias en el desarrollo, y sus familias.
Visión:
Lograr la inclusión plena mediante acciones coordinadas de toda persona con deficiencias en el desarrollo en la sociedad.
¿Qué es una deficiencia en el desarrollo?
Condición severa o crónica física o mental o combinación de ambas que:
se manifiesta antes de que la persona cumpla 22 años de edad
es de duración indefinida
limita sustancialmente tres o más de las siguientes áreas del diario vivir : cuidado propio, lenguaje receptivo o expresivo, aprendizaje, movilidad, auto dirección, capacidad de vivir independientemente y/o autosuficiencia económica
requiere una combinación de servicios especializados, interdisciplinarios y/o individualizados de por vida o de duración prolongada y a su vez individualmente planificados y coordinados
Áreas de Énfasis
Teniendo en cuenta estas características y las áreas de énfasis o prioridad establecidas por la ley, el Consejo respaldará aquellas actividades que vayan dirigidas a la intercesión (especialmente la auto-intercesión), cambios sistémicos y a ampliar la capacidad de esta población y que respondan al plan quinquenal. El plan quinquenal 2012 a 2016 enfatiza las siguientes áreas: intervención temprana y educación, empleo, salud, vivienda, recreación, transportación, apoyos comunitarios, garantía de calidad de vida orientada a la prevención del abuso y el maltrato e implementación de las leyes que protegen a esta población, y la capacitación de profesionales que proveen servicios directos o indirectos a la población con deficiencias en el desarrollo.