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Quienes somos

 

¿Qué es el Consejo Estatal sobre Deficiencias en el Desarrollo?

El Consejo es un organismo creado por ley federal desde el 1970. Actualmente es autorizado por la Ley Pública 106-402 del 2000, conocida como “Developmental Disabilties Assistance and Bill of Rights Act” y administrativamente asignado a la Junta de Planificación de Puerto Rico.

El 60% o 18 de los miembros del Consejo son personas con deficiencias en el desarrollo o sus representantes (padres o tutores). El restante 40% o 12 de los miembros, se compone de 11 representantes de agencias gubernamentales y un representante de una organización privada que sirven a esta población.

El Consejo recibe sus fondos a través del Departamento de Salud y Servicios Humanos federal y asigna el 70% de su presupuesto para proyectos que respondan al plan quinquenal vigente. Agencias públicas o privadas, organizaciones de base comunitaria, organizaciones con o sin fines de lucro, y municipios pueden solicitar fondos a través de propuestas.

Entre las múltiples tareas del Consejo se encuentran las siguientes:

· Identificar necesidades y preparar un Plan Estatal Estratégico a cinco años
· Revisar y analizar los servicios, apoyos y asistencias para personas con deficiencias en el desarrollo y sus familias
· Interceder para que los individuos con deficiencias en el desarrollo participen en programas y actividades que promuevan su autogestión e integración en sus comunidades.
· Llevar a cabo o apoyar actividades para la obtención de servicios y apoyos individualizados.
· Colaborar y coordinar con agencias y otros consejos para apoyar y llevar a cabo actividades de servicios a esta población y sus familias.
· Subvencionar proyectos innovadores de organizaciones que ofrecen servicios y asistencias para la población con deficiencias en el desarrollo.
· Apoyar y llevar a cabo actividades para eliminar barreras que limiten el acceso de las personas con deficiencias en el desarrollo a disfrutar plenamente de los servicios y actividades en sus comunidades.
· Apoyar y llevar a cabo actividades para dar información a los forjadores de política pública.
 
 
Funciones del Consejo
El Consejo siguiendo la razón de ser que define la ley federal ha definido su misión y visión de la siguiente manera:

Misión:
Apoyar la creación y adelanto de iniciativas para mejorar la calidad de vida y autodeterminación de las personas con deficiencias en el desarrollo, y sus familias.

Visión:
Lograr la inclusión plena mediante acciones coordinadas de toda persona con deficiencias en el desarrollo en la sociedad.

¿Qué es una deficiencia en el desarrollo?
 Condición severa o crónica física o mental o combinación de ambas que:
  • se manifiesta antes de que la persona cumpla 22 años de edad
  • es de duración indefinida
  •  limita sustancialmente tres o más de las siguientes áreas del diario vivir : cuidado propio, lenguaje receptivo o expresivo, aprendizaje, movilidad, auto dirección, capacidad de vivir independientemente y/o autosuficiencia económica
  • requiere una combinación de servicios especializados, interdisciplinarios y/o individualizados de por vida o de duración prolongada y a su vez individualmente planificados y coordinados

Áreas de Énfasis
Teniendo en cuenta estas características y las áreas de énfasis o prioridad establecidas por la ley, el Consejo respaldará aquellas actividades que vayan dirigidas a la intercesión (especialmente la auto-intercesión), cambios sistémicos y a ampliar la capacidad de esta población y que respondan al plan quinquenal. El plan quinquenal 2012 a 2016 enfatiza las siguientes áreas: intervención temprana y educación, empleo, salud, vivienda, recreación, transportación, apoyos comunitarios, garantía de calidad de vida orientada a la prevención del abuso y el maltrato e implementación de las leyes que protegen a esta población, y la capacitación de profesionales que proveen servicios directos o indirectos a la población con deficiencias en el desarrollo.